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El borrador del reglamento a la ley que establecía la defensa de la neutralidad de la Red en Chile despertó controversias. Según el sitio de tecnología FayerWayer, algunos puntos del reglamento podrían no estar alineados con los principios proclamados por la ley. El núcleo del debate está en que en el citado reglamento, artículo 8, los proveedores de acceso pueden realizar actos de bloqueo, interferencia y degradación de la conexión a Internet, siempre que los clientes hayan sido avisados al respecto. Según el artículo, “se considerará como acción restrictiva a la neutralidad en la red toda aquella medida de gestión de tráfico y/o administración de red que tienda a bloquear, interferir, priorizar, discriminar, entorpecer, restringir y/o de cualquier forma obstaculizar el acceso a servicios, aplicaciones y contenidos de la red, que no haya sido expresa, debida y previamente informada a los usuarios por los medios regulados en el presente reglamento o que sea ejecutada de manera arbitraria o discriminatoria”. Información publicada en el diario El País (España).

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