Noticias del mundo de los negocios

(04.03.11) La Audiencia Nacional ha fallado en contra de la imposición por parte del Gobierno de servicios mínimos en las televisiones privadas durante una huelga. Asimismo ha señalado que, a partir de la entrada en vigor de la Ley General Audiovisual, que se aprobó en 2010, la actividad desarrollada por estas empresas no puede ser calificada como de “servicio publico”. Información publicada en el periódico El Mundo de España.

Dejar un comentario

Usted debe estar registrado para publicar un comentario